FUNCIONES DEL DOCENTE INTEGRADOR
1.
La nueva denominación del
docente de aula integrada será Docente Integrador.
2.
El docente integrador
deberá cumplir sus funciones en articulación permanente con el docente de aula
regular de forma permanente y cuando sea requerido por la necesidad de atención
que se presente dentro del aula regular.
3.
Las líneas de acción como
atención en pequeños grupos, atención individualizada y cooperación docente, se
realizarán exclusivamente dentro del contexto de aula regular.
4.
El abordaje al Centro de
Educación inicial se hará conjuntamente con el docente de 1er grado a través de
la vinculación afectiva.
5.
El abordaje a la comunidad
se hará a través de la articulación con la escuela para madres y padres.
6.
El docente integrador
deberá cumplir con todos las funciones internas en cada institución como y el
resto de responsabilidades que se observen dentro del ámbito normal de la misma.
7.
El docente integrador no
deberá usar como uniforme monos quirúrgicos.
8.
El docente integrador deberá
hacer entrega bajo acta del espacio usado como aula integrada y a través de
acuerdos internos con el personal directivo de la institución hará uso del
mismo si así lo requiere para el normal desenvolvimiento de su ámbito de
trabajo como (entrevistas al representante, al estudiante o al docente).
9.
El término adaptación
curricular deberá ser sustituido por el de contextualización del currículo.
10. El docente integrador
continuará trabajando las áreas de aprendizaje (lectura, escritura y cálculo).
11. El docente integrador continuará participando de la
construcción del PEIC de la institución.
12. El docente integrador realizará la evaluación pedagógica en el
aula regular con su respectivo informe donde prevalecerá lo pedagógico sobre lo
clínico.
13. El proyecto de aprendizaje (P.A), deberá realizarse en función
de las necesidades educativas especiales del estudiante.
14. El docente integrador atenderá dificultades de aprendizaje
específicas, no específicas y la diversidad funcional que se presente dentro
del contexto escolar previo diagnóstico o caracterización.
15. Realizar la caracterización que conformará el diagnóstico fino
o impresión diagnóstica del estudiante.
16. El docente integrador participará en el cierre de proyecto de
aula regular.
17. El término debilidades de aprendizaje deberá ser sustituido
por el de aspectos a mejorar.
18. La planificación que realizará el docente integrador deberá
ser concebida con intención pedagógica.